El pasado
lunes 3 de marzo, el Grupo de abogados 17 de Marzo elevó una demanda contra el
Reino de España, al Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) denunciando una
posible vulneración de Derechos Fundamentales a las familias de la Corrala
Utopía. En la mañana de hoy, los juristas han recibido respuesta del Alto
Tribunal.
La
preocupante situación de las familias, que viven a la espera de un posible
desalojo policial, ha motivado una pronta respuesta y una exigencia importante
tanto al Ayuntamiento de Sevilla como a la Junta de Andalucía. Ambas
administraciones deberán trasladar al TEDH antes de las 16:00 del próximo
martes 11 de marzo qué acciones están realizando para evitar que se violen los
artículos 2, 3 y 4 del Convenio Europeo de Derechos Humanos en caso de que se
ejecute el desalojo del edificio en el que residen sin que se proporcione de
forma previa una opción alternativa de realojo.
Así el TEDH
en la Resolución, en francés, obliga a responder al Ayuntamiento de Sevilla y a
la Junta de Andalucía, que “Teniendo en cuenta la decisión del juez de
instrucción nº 3 de Sevilla de 25 de febrero ¿cuáles son las medidas que las
autoridades internas, en particular aquellas que se nombran en la decisión, han
pensado tomar en relación a los demandantes, en especial el niño menor de la
primera demandante, teniendo en cuenta su situación de vulnerabilidad para
prevenir el incumplimiento de los art 3 y 8 de la convención?. En particular
¿qué soluciones propondrán y con qué plazos?.
El Grupo 17
de Marzo conforme a la doctrina del Tribunal Europeo de Derechos Humanos, con
sede en Estrasburgo, entiende que si no se da una solución habitacional por
parte de las Instituciones requeridas, se tendría que paralizar el desalojo, ya
que éste sería considerado contrario a la Convención Europea de Derechos
Humanos, y por tanto declarado ilegal. Además situaría al Ayuntamiento de
Sevilla y a la Junta de Andalucía fuera del Convenio Europeo de Derechos
Humanos y por tanto fuera de la legalidad.
Si las
instituciones españolas, ahora requeridas por la Corte Europea, quieren cumplir
su resolución tendrán, en primer lugar, que dar todos los pasos precisos para
detener el desalojo para el que las Fuerzas de Seguridad del Estado ya tienen
orden. Asimismo se ha comunicado dicha resolución al Juzgado de Instrucción nº
3 de Sevilla al objeto de que suspenda el desalojo, al menos hasta el día 11, a
la espera de que las administraciones ofrezcan una solución habitacional a
estas familias con menores y personas mayores enfermas tal como requiere el
TEDH.
La Resolución
hoy conocida marca doctrina en materia de derechos humanos, y del derecho a la
vivienda y da una nueva herramienta jurídica a todas aquellas personas que
están a punto de sufrir un desahucio. Ya sea por ocupación de vivienda, por
impago de la hipoteca o del alquiler, en caso de desahucio las administraciones
públicas, a ojos del Tribunal, deben vigilar el proceso y hacer lo necesario
por garantizar que no se vulneren su Derecho a la Vivienda. Europa impone que
ha llegado el momento de la verdad y que tanto la Junta como el Ayuntamiento
deben explicar cómo van a garantizar los derechos humanos a estas familias.
Por último el
Grupo 17 de Marzo ha publicado en su web la demanda al objeto de que pueda ser
utilizada por toda la ciudadanía en los desalojos de viviendas que se produzcan
en Sevilla y Andalucía.
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la sentencia, haga clic aquí.
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