La ONU admite a trámite una demanda contra España por un desahucio


Rueda
de prensa frente a un edificio en construcción del IVIMA en Madrid para
anunciar la admisión a trámite por la ONU de la denuncia contra España por el
desahucio de la familia de Mohamed Ben Djazia. Foto: @CAES_Asesoria

La lucha por hacer efectivo y
garantizar el derecho a la vivienda en España puede estar en camino de
conseguir una importante victoria. El comité de Derechos Económicos, Sociales y
Culturales de Naciones Unidas 
ha admitido a trámite la denuncia por el caso del
desahucio de la familia de Mohamed Ben Djazia.

Los argumentos por los que la
defensa elevó la queja ante este comité de la ONU se basan en el 
incumplimiento de la obligación legal del Estado de evitar que
una familia sin recursos acabe en la calle y también de las garantías legales
que deben procurarse a las personas amenazadas de perder una vivienda.

Ambas alegaciones se centran
en el 
incumplimiento del Pacto
Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (PIDESC), firmado
por España en 1977 y que forma parte de la Carta de Derechos Humanos de
Naciones Unidas.

Casi treinta años después,
España firmó el Protocolo Facultativo del Pacto Internacional de Derechos
Económicos, Sociales y Culturales, un instrumento internacional que prevé un
sistema de 
comunicaciones
individuales o colectivas 
a Naciones Unidas en caso de vulneración de los derechos recogidos en el
PIDESC, siempre que previamente se haya intentado en los tribunales internos la
reparación de esa vulneración. Este Protocolo sólo entraría en vigor cuando lo
suscribiesen diez países. Esto sucedió en 2012 y a partir de mayo de 2013 entró
en vigor, para vulneraciones producidas a partir de esa fecha.

La familia de Mohamed Ben
Djazia agotó todos los pasos hasta que su defensa elevó la queja a Ginebra para
que el comité DESC de la ONU lo valorase por vulneración del artículo 11 del
PIDESC, referido al 
derecho a una
vivienda 
como parte del derecho a un nivel de vida adecuado.

El Comité DES Cadmitió el
asunto y requirió a España para que presentase alegaciones.

“Si hay condena,
supondría el obligatorio cumplimiento del PIDESC, con la posibilidad de exigir
en tribunales que la Administración provea de una vivienda social a las
familias desahuciadas”, explica a 
Diagonal Víctor, portavoz de la
Comisión de Vivienda de la Asamblea Popular de Tetuán (Madrid), que ha
acompañado a la familia en todo este duro trance.

La respuesta del Gobierno
español al Comité DESC fue 
culpar a Ben Djazia de todo lo
que le pasó a su familia y 
eludir cualquier implicación de la
administración. “El Gobierno alega que Mohamed es el responsable, por no
buscar activamente empleo ni vivienda y que la Administración ha hecho todo lo
posible. Dicen también que era un contrato de alquiler privado y que ahí no
tienen nada que hacer. Es demencial”, valora el activista.

Esperando un alquiler social
desde 1999

La historia del desahucio de
Mohamed Ben Djazia es igual de tremenda que la de tantas familias azotadas por
la especulación inmobiliaria y la inacción de las instituciones.

En su caso, se trata de un
refugiado político argelino, su esposa y dos hijos menores que
desde 1999 solicitan al Instituto de Vivienda de Madrid (IVIMA) una vivienda de
alquiler social, renovando todos los años la documentación requerida para ello.

Mientras esperaban respuesta,
vivían de alquiler hasta que Mohamed se quedó sin trabajo, sin ingresos, sin
Renta Mínima de Inserción y finalmente sin casa, tras la denuncia del
propietario y los trámites judiciales por impago de renta.

En este proceso, el IVIMA
alegó ante el Juzgado que las solicitudes de alquiler de vivienda social
presentadas por Mohamed no podían ser atendidas por la gran cantidad de ellas
que reciben cada año y que están en lista de espera.

Víctor asegura que la familia
llegó a recibir “amenazas de que se les quitaría la custodia de los hijos,
según el informe de los trabajadores sociales. Es una burla terrible que desde
Servicios Sociales dijeran que Mohamed no era activo en la búsqueda de
vivienda: si no tenía ingresos, qué vivienda iba a buscar”.

El desahucio se produjo el
tres de octubre de 2013, tras ser aplazado un mes y con un recurso de Amparo
presentado al Tribunal Constitucional, que contestó en febrero de 2014 para
inadmitirlo por no apreciar que se hubiera vulnerado ningún derecho
fundamental.

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