CoP27: La justicia climática en medio de las pérdidas y los daños

Originally published on HLRN Website, by Joseph Schechla

La reciente decisión de la CoP27 de establecer un sistema de pérdidas y daños es un avance monumental hacia la supervivencia de las comunidades más vulnerables al cambio climático y sus efectos. Sin embargo, esta esperanzadora declaración viene acompañada de varias advertencias: Quizá la principal sea la condición de que el fondo esté debidamente financiado. Además, debe satisfacer los criterios de evaluación estándar de tener (1) pertinencia, (2) coherencia, (3) eficacia (incluida la oportunidad), (4) eficiencia en el uso de los recursos y (5) sostenibilidad de los impactos (es decir, garantizar su calidad adecuada, y sin repetición ni retroceso, ni creación de nuevas vulnerabilidades). Además, debe promover la justicia climática.

El objetivo de la justicia climática ha sido objeto de numerosos debates y desarrollos normativos. Algunos ejemplos son el Marco de Principios de Justicia Climática de la Fundación Mary Robinson, que establece las condiciones para lograr la justicia climática:

  • Respetar, proteger [y cumplir] los derechos humanos
  • Apoyar el derecho al desarrollo
  • Compartir los beneficios y las cargas de forma equitativa
  • Garantizar que las decisiones sobre el cambio climático sean participativas, transparentes y responsables
  • Defender la igualdad y la equidad de género
  • Aprovechar el poder transformador de la educación para la gestión del clima
  • Utilizar asociaciones eficaces

En comparación con estos criterios se encuentran los criterios más orientados a los resultados establecidos en la declaración del Día Mundial del Hábitat 2021 de la presidenta de HIC, Adriana Allen, “La justicia climática es un derecho humano”:

  • Profunda redistribución económica (incluyendo el control democrático de la financiación del clima y el apoyo a la producción social del hábitat, poniendo fin a los desalojos forzosos y remediando los desplazamientos)
  • Reconocimiento de las diferencias e invisibilidades (lograr la convergencia de esfuerzos, la globalidad y la no discriminación)
  • Paridad de género en la participación política
  • Hacer un hábitat de derechos humanos, no de guerra
  • Cuidado mutuo, solidaridad y responsabilidad social

Hasta la fecha, el discurso y la acción sobre el clima se han centrado más bien en el diagnóstico y en lo que cabe esperar del cambio climático y sus repercusiones, las medidas de prevención, la adaptación y la mitigación. Las medidas correctoras deliberadas hasta ahora se han centrado en los esfuerzos globales y las medidas de éxito para reducir las emisiones de gases de efecto invernadero (GEI), con el fin de ayudar a enfriar el planeta. Sin embargo, el debate sobre la reparación de las pérdidas y los daños consiguientes lleva nada menos que tres décadas, al menos tantos años como la propia CoP27.

Sin embargo, las negociaciones acabaron por dar un paso adelante que llevó a la creación del Mecanismo Internacional de Varsovia sobre Pérdidas y Daños asociados al Cambio Climático (WIM) en la CoP19 celebrada en la capital polaca. en 2013. La decisión 2/CP.19 estableció un Comité Ejecutivo orientador compuesto por representantes de los gobiernos de las partes de la CMNUCC, incluyendo 10 miembros de las Partes del Anexo I y 10 miembros de las Partes no incluidas en el Anexo I; dos miembros de cada una de las regiones de África, Asia-Pacífico y América Latina y el Caribe; un miembro de los pequeños Estados insulares en desarrollo (PEID), un miembro de las Partes que son países menos adelantados (PMA) y dos miembros adicionales de las Partes no incluidas en el Anexo I (decisión 2/CP.20).

El WIM asumió tres funciones clave:

  • Mejorar el conocimiento y la comprensión de los enfoques integrales de gestión de riesgos;
  • Reforzar el diálogo, la coordinación, la coherencia y las sinergias entre las partes interesadas; y
  • Mejorar la acción y el apoyo para hacer frente a las pérdidas y los daños.

El artículo 8 del Acuerdo de París (2015) garantizó que el WIM se mantendría en el régimen climático posterior a 2020 con un enfoque en:

  • Sucesos de evolución lenta (SOE);
  • Pérdidas no económicas (NEL);
  • Enfoques integrales de gestión de riesgos (CRM);
  • Movilidad humana (HM); y
  • Financiación, acción y apoyo de los WIM (FAS).

A lo largo de los años, la financiación, la acción y el apoyo del WIM han sido los aspectos más débiles del mismo.

Sigue siendo un reto hacer que tanto el Acuerdo de París como sus decisiones sucesoras se centren en el ser humano, principalmente aplicando en la práctica los derechos humanos en todos los aspectos6 de la respuesta al cambio climático. Este requisito se aplica también a cualquier mecanismo de pérdidas y daños, incluida su maquinaria de financiación.

Por muy positiva que sea la decisión de la CoP27 de establecer un fondo para pérdidas y daños, las deliberaciones han hecho hincapié en la “compensación” de Estado a Estado, gravando a los Estados industriales ricos para apoyar las reparaciones necesarias en los Estados más pobres y desproporcionadamente más afectados. Este discurso conlleva dos peligros: (1) se centra en las transferencias de dinero, y hace hincapié en ellas, principalmente del Norte al Sur, en lugar del marco de reparaciones más amplio y pertinente, especialmente cuando se trata de la grave violación del desalojo/desplazamiento forzoso, y (2) el enfoque de Estado a Estado parece pasar por alto las necesidades locales y los derechos humanos de las comunidades afectadas que aportaría el enfoque centrado en el ser humano. En particular, los anteriores acuerdos de reparación entre Estados han demostrado estar sujetos a la política y no llegar a las víctimas humanas de forma eficaz o eficiente, y corren el riesgo de corrupción.

HIC-HLRN pretende contribuir a la necesaria alternativa centrada en el ser humano para evaluar y reparar las pérdidas y los daños que se construye sobre la base combinada de las obligaciones basadas en el Tratado de Derechos Humanos, los derechos humanos relacionados con los compromisos de desarrollo, la responsabilidad, la transparencia y los derechos de las víctimas a la reparación y el remedio

Por lo tanto, HIC-HLRN aboga por un enfoque centrado en el ser humano, similar a la aplicación de su Herramienta de Evaluación del Impacto de las Violaciones (VIAT). Ésta aplica una metodología y un conjunto de instrumentos de encuesta basados en normas para determinar los costes, las pérdidas, los daños y todos los valores en juego en los casos de desalojo/desplazamiento forzoso, destrucción, despojo e impactos negativos de la privatización. Esta herramienta ha sido objeto de unas 30 aplicaciones en diversos casos, que van desde demoliciones de casas individuales, desalojos de barrios marginales, desastres medioambientales, desplazamientos debidos a la violencia postelectoral, e incluso se ha ampliado para abordar la restitución de viviendas, tierras y propiedades en el contexto de la justicia transicional.

Esta propuesta fue objeto de la cooperación de HIC-HLRN con la Red de ONG Árabes para el Desarrollo (ANND) y la Red del Tercer Mundo (TWN) en un seminario web durante la CoP27 el 14 de noviembre de 2022. Las lecciones que se derivan de esta experiencia revelan cómo los datos generados por la comunidad con una metodología verificable pueden ofrecer el tipo de especificidad y minuciosidad que se requiere en la toma de decisiones para lograr no solo la relevancia, la eficiencia y la eficacia, sino también para promover una distribución equitativa de los beneficios basada en las normas aplicables, incluidos los derechos humanos. Estos enfoques son indispensables para que el MMI se ajuste a la justicia climática.